¿Un juzgado me puede embargar la pensión? Guía legal 2025

Persona revisando documentos financieros y calculadora mientras analiza si un juzgado me puede embargar la pensión.
Última actualización: 30/09/2025Escrito y revisado por: Emilio J. Sánchez

¿Un juzgado me puede embargar la pensión? Esta es una de las dudas más habituales entre pensionistas que atraviesan dificultades económicas y buscan una Segunda Oportunidad cuando se da una situación de sobrecarga financiera.

La buena noticia es que la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece unos límites de retención y en este artículo, te contamos cómo calcularlo, cuánto te pueden embargar de la pensión y cómo evitarlo.

Dudo si un juez me puede embargar la pensión, ¿qué hago? Contacta con nuestros abogados especialistas y te ayudamos a salir de deudas.
Índice del artículo

¿Un juzgado me puede embargar la pensión?

Sí, un juzgado puede llegar a retener tu pensión, pero nunca de forma ilimitada. El artículo 607 de la LEC protege una parte de tus ingresos para asegurar tu subsistencia.

Concretamente, esto es lo que un juzgado me puede embargar de la pensión:

⚠️ Nunca te quitarán la totalidad de la pensión, siempre quedará garantizado un mínimo para tus necesidades básicas.

Un juzgado me puede embargar la pensión cuando existen obligaciones financieras que no has podido pagar y se ha iniciado un procedimiento judicial.Entre los motivos más habituales se encuentran:
  • Préstamos o créditos impagados: cuando una entidad financiera consigue una sentencia o título que autoriza al juzgado a reclamar el dinero por no haberlo consolidado.
  • Deudas con la Administración: por ejemplo cuando hay deudas con Hacienda (Agencia Tributaria), cuando existen deudas con la Seguridad Social (TGSS) o cuando existe un procedimiento de cobro forzoso.
  • Gastos derivados de procesos familiares: pensiones de alimentos para hijos, pensión compensatoria a un cónyuge o gastos judiciales relacionados.

⚠️ En cualquiera de estos casos, la intervención de un juez es necesaria para que pueda aplicarse la medida sobre tu pensión.

Cuánto te pueden embargar de la pension: límites según tramos

Existe una calculadora de embargo de pensiones que se puede realizar de forma manual: lo que esté dentro del SMI no se puede tocar, mientras que la parte que lo excede es la que se puede retener en diferentes porcentajes.

Veamos en detalle cuánto te pueden embargar de la pensión según los tramos:

Dos personas revisan gráficos y utilizan una calculadora de embargo de pensiones para calcular los porcentajes legales sobre el exceso del SMI.

Ejemplo: Si cobras 1.400 € al mes, el exceso sobre el SMI sería 216 €. A esa cantidad se le aplicaría el 30%. Es decir, el juzgado solo podría retener 64,80 € al mes, quedando protegidos los 1.335,20 € restantes.

Excepciones con los que un juzgado me puede embargar la pensión

Existen excepciones por las que un juzgado me puede embargar la pensión como las pensiones de alimentos, litis expensas o créditos de naturaleza laboral.

Si debes pagar una pensión de alimentos a tus hijos o una pensión compensatoria a tu expareja, el juez puede autorizar una retención mayor de tu pensión, incluso por debajo del SMI.

Son los gastos que pueden surgir en un procedimiento de alimentos. El tribunal también puede fijar un importe superior al habitual para garantizar que se cubran.

En algunos casos, si la deuda está relacionada con salarios u honorarios que tienen carácter alimenticio, el juzgado puede establecer una afectación distinta a la escala general.

Cómo evitar que un juzgado me pueda embargar la pensión: alternativas

Para evitar la situación en la que un juzgado me pueda embargar la pensión, puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, negociar con los acreedores o actuar ante una diligencia del juzgado.

⚠️ Errores frecuentes: No acreditar tus cargas familiares (hijos, personas dependientes), no comunicar cambios de ingresos al juzgado e ignorar las notificaciones que recibas. Estos descuidos hacen que pierdas la oportunidad de proteger mejor tu pensión o de reducir el porcentaje que pueden aplicarte.

Preguntas frecuentes sobre un juzgado me puede embargar la pensión

Con una pensión de 700 €, al estar por debajo del SMI (1.184 € en 2025), no se aplicaría ninguna afectación en la mayoría de casos. Solo en situaciones excepcionales, como deudas por alimentos, el juez podría establecer un importe distinto.

Únicamente un juzgado puede embargar mi pensión mediante una resolución firme. En el caso de obligaciones de pago con la Agencia Tributaria o la TGSS, estas administraciones pueden iniciar el proceso, pero siempre bajo un procedimiento que permite retener la pensión según los límites de la LEC establecidos en el artículo 607.

Sí, una pensión de viudedad puede verse afectada por orden de un juzgado. Ahora bien, la Ley de Enjuiciamiento Civil protege siempre una parte mínima para garantizar la subsistencia: el importe equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no se toca bajo ninguna circunstancia. Solo si la pensión supera esa cantidad, el exceso puede quedar sujeto a porcentajes que aumentan de manera progresiva conforme mayor sea la cuantía de la pensión.

En el caso de una pensión de incapacidad permanente total, la ley también fija unos límites claros: nunca se puede retener la parte equivalente al SMI. Solo si la cuantía mensual supera ese umbral, el juzgado puede aplicar sobre el exceso unos porcentajes establecidos en la normativa, que aumentan a medida que crece la pensión. De este modo, siempre queda asegurada una cantidad mínima para la persona beneficiaria.

Sobre el autor:
Emilio Jesús Sánchez Pintado, socio y abogado responsable del departamento de Ley de Segunda Oportunidad y complemento de paternidad para jubilados en Asoban Abogados
Emilio J. Sánchez
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