La deuda de personas físicas puede llevarte a situaciones de sobrendeudamiento por cuestiones tan comunes como solicitar un préstamo personal, utilizar tarjetas de crédito o financiar compras. Sin embargo, hay mecanismos como el de Segunda Oportunidad, la Ley 25/2015, que pueden ayudarte a liberarte de ella y comenzar de cero.
En este artículo, te explicamos qué es una deuda de personas físicas, qué tipos existen y cinco pasos a seguir para eliminarla si te has visto superado por un exceso de deudas.
¿Qué es una deuda de personas físicas?
La deuda de una persona física hace referencia al compromiso económico que un individuo adquiere con terceros, ya sean bancos, particulares o instituciones públicas.
Normalmente, este tipo de deuda se contrae para cubrir gastos personales, ya sea por necesidad o por deseo, e incluye productos financieros como préstamos, líneas de crédito o cualquier otro tipo de obligación de crédito de dinero.
Tipos de deudas de personas físicas
Los principales tipos de deudas de personas físicas son las contraídas con entidades financieras (préstamos personales, hipotecarios y de crédito), las de la Administración Pública (como las deudas con Hacienda y las deudas con la Seguridad Social) y las contraídas con otras personas y empresas.
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Deudas con entidades financieras
Este tipo de deuda de personas físicas es una de las más comunes entre particulares. Se genera cuando una persona solicita financiación a bancos u otras entidades de crédito para cubrir necesidades personales o familiares. Entre los ejemplos más habituales se encuentran:
- Préstamos personales: Utilizados para financiar compras de bienes de consumo, reformas del hogar o gastos imprevistos. Suelen tener intereses más altos que otros productos como las hipotecas.
- Préstamos hipotecarios: Contratados para la adquisición de una vivienda o inmueble. Están garantizados con el propio bien hipotecado, lo que implica que en caso de impago, el banco puede iniciar un proceso de ejecución hipotecaria.
- Tarjetas de crédito: Permiten disponer de dinero hasta un límite pactado, pero generan intereses altos si no se abona el total a fin de mes. El uso descontrolado de este tipo de crédito es una causa habitual de sobreendeudamiento.
Este tipo de deudas están reguladas por la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo, y por la normativa bancaria vigente.
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Deudas con la Administración Pública
Las deudas con la Administración Pública las de la Agencia Tributaria (AEAT) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) también son frecuentes y pueden generar importantes recargos e intereses de demora si no se abonan en plazo. Se clasifican principalmente en:
- Deudas tributarias: Incluyen impuestos impagados como el IRPF, el IVA (en caso de autónomos) o el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Hacienda puede embargar bienes si la deuda no se regulariza.
- Cuotas de autónomos impagadas: La Seguridad Social exige el pago mensual de la cuota correspondiente. El impago puede dar lugar a recargos, pérdida de prestaciones y procedimientos de apremio, incluyendo embargos.
- Multas y sanciones administrativas: También se consideran deudas con la Administración y pueden ser ejecutadas por la vía de apremio.
⚠️ En caso de no consolidar la deuda, ambas entidades (la AEAT y TGSS) tienen potestad para ejecutar embargos sin necesidad de resolución judicial previa.
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Deudas con otras personas o empresas
Este tipo de obligaciones económicas surge en el ámbito privado y puede tener diversas formas:
- Deudas por servicios o suministros: Facturas pendientes de pago por luz, agua, gas, internet o cualquier otro servicio contratado.
- Deudas por compraventa: Por ejemplo, en la adquisición de bienes de forma aplazada o con financiación directa del proveedor.
- Contratos privados: Acuerdos verbales o escritos entre particulares, como préstamos entre familiares, alquileres o servicios profesionales no satisfechos.
5 pasos para eliminar una deuda de personas físicas
Para eliminar una deuda siendo persona física, comprueba si cumples los requisitos legales, verifica si tus deudas son cancelables, busca asesoramiento profesional, reúne la documentación necesaria y presenta la solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil.
A continuación, veamos en detalle los 5 pasos para eliminar una deuda de personas físicas.

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1. Comprueba si cumples con los requisitos
El primer paso es verificar si cumples con los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad. Debes estar en una situación de insolvencia y haber actuado de buena fe. Además, no debes tener antecedentes de ciertos delitos económicos. Esta ley es una herramienta poderosa, pero tiene condiciones claras que debes cumplir para poder acogerte a ella.
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2. Verifica si puedes cancelar una deuda o no
No todas las deudas son cancelables bajo esta ley. Es fundamental que verifiques cuáles de tus deudas pueden ser exoneradas y cuáles no. Algunas de las que no pueden cancelarse son las pensiones de alimentos o algunas sanciones administrativas. Conocer esta diferencia te ayudará a tener expectativas claras sobre el proceso.
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3. Busca la ayuda de un abogado de Segunda Oportunidad
Para conseguir el perdón de una deuda, es esencial contar con la asistencia de un abogado experto en derecho bancario y derecho concursal, es decir, especialista en el mecanismo de Segunda Oportunidad. Su experiencia te guiará en cada paso del proceso, asegurándote de que tu solicitud esté correctamente presentada y aumentando tus posibilidades de éxito desde el primer momento.
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4. Reúne la documentación necesaria
Reúne toda la documentación necesaria que respalde tu situación de insolvencia. Esto incluye tu memoria económica, inventario de bienes y lista de acreedores. Este paso es crucial, ya que una presentación detallada y precisa fortalecerá tu caso ante el juez.
En resumen, estos son los documentos que necesitarás aportar para solicitar el mecanismo de Segunda Oportunidad:
- DNI y libro de familia
- Contratos de préstamos y créditos
- Certificados de deuda con las Administraciones Públicas (AEAT y TGSS).
- Nóminas, IRPF y certificados de empadronamiento
- Extractos bancarios y recibos impagados
⚠️ Toda esta documentación permite demostrar tu situación económica y acreditar la buena fe exigida por la ley.
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5. Presenta la solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil
Una vez preparado el expediente, se presenta ante el Juzgado de lo Mercantil de tu provincia. Si el juez admite el caso y considera que cumples todos los requisitos, podrás conseguir la cancelación total o parcial de tus deudas.
Este proceso puede durar entre 6 meses y 1 año, dependiendo de la carga del juzgado y la complejidad del caso. Por eso, te animamos a que dejes la preparación e interposición de tu demanda en manos de un abogado especialista cuanto antes.
Asoban Abogados te ayuda a eliminar tu deuda de personas físicas
En Asoban Abogados, llevamos años ayudando a personas como tú a salir de situaciones de sobreendeudamiento. Sabemos lo difícil que es vivir con la presión de llamadas, cartas y amenazas legales por parte de acreedores.
Por eso, nuestro equipo especializado analiza tu caso, te asesora sin compromiso y te acompaña en todo el proceso para lograr la exoneración de tus deudas. Creemos en la Segunda Oportunidad y trabajamos para que recuperes la tranquilidad financiera que mereces.
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Preguntas frecuentes sobre deuda de personas físicas
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¿Qué es una deuda física?
Es una obligación económica contraída por una persona natural (no una empresa) como consecuencia de haber recibido dinero, bienes o servicios con compromiso de pago. Esta deuda puede ser con un banco, una empresa, otra persona o con organismos públicos.
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¿Dónde aparecen todas las deudas de una persona?
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¿Cómo medir la capacidad de endeudamiento?
La capacidad de endeudamiento indica cuánto puede endeudarse una persona sin comprometer su estabilidad financiera. Para calcularla, se analiza el porcentaje de los ingresos netos mensuales que se destina al pago de deudas. Como norma general, las cuotas mensuales no deberían superar el 35 % de los ingresos netos del individuo. Superar este umbral puede aumentar el riesgo de impago y afectar la solvencia.