¿Qué pasa si mi empresa cierra y no puedo pagar el ICO? Responsabilidad de los administradores

Última actualización: 10/04/2026Escrito y revisado por: Diego Zapatero

Mi empresa cierra y no puedo pagar el ICO, ¿cuál es la responsabilidad de los administradores?  Si estás en esta situación, la presión bancaria para el administrador es máxima y podría recaer el 100% de la deuda del préstamo ICO Covid. Sin embargo, existen mecanismos legales amparados en el Código Civil y en la Ley Concursal para limitar drásticamente la responsabilidad y proteger su patrimonio.

Mi empresa cierra y no puedo pagar el ICO,
¿qué hago?
El banco cuenta con maquinaria legal para reclamar el 100% de la deuda y apuntar a tu patrimonio. Necesitas anticiparte. En Asoban Abogados estudiamos la póliza de tu préstamo de urgencia para detectar falta de transparencia.

La trampa bancaria: por qué te reclaman el 100% del ICO COVID si tu empresa cierra

Durante la pandemia, la comercialización de las líneas ICO se hizo bajo una premisa generalizada y comunicada activamente por los bancos: el Estado avala el 80% de la operación. Bajo esta sensación de “seguridad”, miles de empresarios firmaron las pólizas de financiación. Sin embargo, la realidad de cómo se gestionaron estas firmas fue muy distinta. Las entidades financieras se aprovecharon de la urgencia del momento, realizando las gestiones de forma precipitada y, en la inmensa mayoría de los casos, dando explicaciones puramente verbales.

En los últimos años, es cuando se ha visto la letra pequeña de las entidades bancarias: te exigen la responsabilidad como administrador por el 100% de la deuda, atacando tu patrimonio personal, tus cuentas y tu vivienda.

Como han demostrado múltiples sentencias estimatorias recientes que hemos analizado y ganado, los bancos no informaron adecuadamente a los administradores antes de la firma. Se transmitió en muchos casos que el riesgo personal del empresario se limitaba al 20% (la parte no cubierta por el aval del Estado).

Sin embargo, en la notaría, se les hizo firmar como avalistas solidarios por la totalidad del préstamo. Es decir, el administrador prestó su consentimiento engañado o, como mínimo, bajo un error excusable provocado por la nula transparencia de la entidad bancaria. El cliente nunca fue consciente de la verdadera carga jurídica y económica que estaba asumiendo personalmente.

Qué hacer si no puedo pagar el ICO: 3 vías legales para proteger tu patrimonio personal

Ante un escenario de insolvencia y para evitar que la responsabilidad de los administradores recaiga íntegramente sobre su esfera privada, es imperativo actuar de inmediato. Estas son las opciones legales más efectivas para blindar tu patrimonio si la reclamación del banco ya está en marcha.

Las recientes sentencias estimatorias nos permiten demostrar ante los tribunales que la entidad bancaria incumplió su deber de información y transparencia. Al acreditar que firmaste el aval solidario bajo la premisa de que el Estado asumía el riesgo principal, solicitamos al juez la nulidad de esa cláusula abusiva. El objetivo es limitar la responsabilidad del administrador exclusivamente al 20% del capital prestado, liberando tus bienes personales de la carga del 80% restante.

Es una herramienta estratégica vital. Actúa como un escudo temporal que paraliza las ejecuciones y otorga un plazo de gracia para reestructurar la deuda con los acreedores (incluido el banco y el ICO) sin el estigma ni la rigidez de entrar directamente en un concurso de acreedores. Además, iniciar este trámite a tiempo demuestra diligencia por tu parte como administrador, alejando el riesgo de que una futura quiebra sea calificada judicialmente como culpable.

Si la derivación de la deuda ya ha impactado en tus finanzas personales y el pasivo resulta inasumible, este mecanismo legal permite solicitar la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). Es un procedimiento avanzado diseñado para cancelar judicialmente las deudas pendientes, ya sea mediante la liquidación o mediante la aprobación de un plan de pagos estratégico. Esta última vía es fundamental, ya que te permite proteger activos clave y te ofrece la posibilidad de reiniciar tu actividad económica y vital sin cargas inasumibles.

Batalla judicial: ¿Es posible limitar tu responsabilidad al 20%?

Sí, es totalmente posible limitar tu responsabilidad al 20% del ICO Covid mediante una demanda judicial que declare la nulidad del aval personal por vicio en el consentimiento. Numerosos juzgados españoles ya están dando la razón a los empresarios, dictaminando que existió un error esencial provocado por la falta de transparencia de las entidades bancarias durante la comercialización. Estas sentencias concluyen que los directivos firmaron creyendo legítimamente que su riesgo se limitaba a la parte no avalada por el Estado. No obstante, los plazos legales procesales para interponer esta acción de nulidad son estrictos e improrrogables, por lo que resulta vital iniciar la reclamación de la mano de un equipo legal especializado antes de que el banco consolide su posición ejecutiva y pierdas el derecho a blindar tus bienes personales.

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Preguntas frecuentes sobre impago del ICO y responsabilidad de los administradores

La propia sociedad mercantil es la responsable principal de sus deudas frente a los acreedores, pero si existe un aval personal firmado o si se demuestra que hubo una gestión negligente que agravó la insolvencia de la compañía, la responsabilidad patrimonial puede derivarse de forma directa y solidaria hacia los administradores.

No existe un importe mínimo legal para que una entidad bancaria inicie acciones judiciales por impago, por lo que el banco puede interponer una demanda contra la empresa y sus fiadores por cualquier cuantía de un crédito ICO impagada, sumando a la deuda principal los intereses de demora y las costas del proceso judicial.

Sí, si firmaste como avalista solidario, el banco dirigirá la reclamación íntegra contra tus activos privados (vivienda, cuentas y nóminas), por lo que es fundamental adelantarse e interponer una demanda para anular dicha cláusula abusiva por vicio en el consentimiento, limitando así tu exposición económica únicamente al 20%.

Sobre el autor:
Diego Zapatero, socio de Asoban Abogados especialista en phishing, fraude bancario, suplantación de identidad y préstamos ICO
Diego Zapatero
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