La primera sentencia IRPH de Lanzarote, del 23 de enero de 2025, declara nulo el índice en una hipoteca de la entidad Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI) y obliga a la aplicación del Euríbor con carácter retroactivo.
Ya hemos conocido la primera sentencia IRPH en España que anula este índice hipotecario. Se trata del fallo dictado por el Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Arrecife, en Lanzarote y también anula otras cláusulas abusivas como la comisión de apertura, los gastos de gestión por recibo impagado y el vencimiento anticipado.
De esta manera, se convierte en el primer pronunciamiento judicial de 2025 en el territorio español y sigue la estela marcada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que se manifestó en la sentencia del 12 de diciembre de 2024. Esta determinó falta de transparencia en la contratación de estos préstamos IRPH, hoy la gran preocupación de los hipotecados, dejando en manos de los tribunales españoles la decisión sobre su abusividad.
¿Qué dice la primera sentencia IRPH de un juzgado español?
La primera sentencia del IRPH en España, dictada el 23 de enero de 2025, anula dicha cláusula y también los gastos de gestión por recibo impagado, la comisión de apertura y el vencimiento anticipado.
El Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Arrecife ha sido pionero en España al determinar que las hipotecas de este índice son abusivas por falta de transparencia. De esta manera, el demandante, que tiene una hipoteca con IRPH de UCI (Unidad de Créditos Inmobiliarios), podrá pasarse al Euríbor con carácter retroactivo, además de que se le aplique el diferencial pactado con la entidad.
Veamos a continuación todos los detalles de esta primera sentencia IRPH y qué dice sobre el resto de cláusulas.
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Anula la cláusula IRPH de la hipoteca
El motivo principal que alega esta sentencia sobre el IRPH es que no supera los controles de transparencia, ya que el banco no informó adecuadamente al consumidor sobre su funcionamiento ni sobre su evolución histórica.
Además de sustituirlo por el Euríbor y aplicar el diferencial pactado en el contrato, se ordena la devolución de las cantidades cobradas en exceso por tener la hipoteca referenciada con el índice IRPH.
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La comisión de apertura la considera abusiva
La sentencia también analiza la cláusula de comisión de apertura, en la que el banco te cobra por abrir una hipoteca con ellos. En esta ocasión, la entidad bancaria lo justificó como un coste inherente a la gestión del préstamo hipotecario. Sin embargo, el tribunal de Arrecife considera que esta comisión resulta abusiva al no haber sido explicada de manera clara y detallada al consumidor, incumpliendo así los estándares de transparencia exigidos por la normativa europea y española.
Por este motivo, el Juzgado ha ordenado la devolución de la cantidad abonada por este concepto, sentando un precedente importante con esta sentencia IRPH para aquellos consumidores que han sufrido prácticas similares.
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Se declara nula la comisión de reclamación de impagos
Otra de las cláusulas declaradas abusivas es la relativa a la comisión de reclamación de impagos, en la que el banco te cobra una cantidad determinada si no pagas una cuota.
Según este pronunciamiento judicial, dicha cláusula supone un desequilibrio entre las partes, ya que penaliza al consumidor de manera desproporcionada frente a los derechos del banco, ya que este no ha podido acreditar el gasto que supone la cuota impagada.
El tribunal ha determinado que no existe justificación suficiente para aplicar esta comisión y que su inclusión en el contrato vulnera los principios de buena fe y equilibrio contractual. En consecuencia, la entidad deberá devolver las cantidades cobradas bajo este concepto.
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El vencimiento anticipado queda sin efecto
La cláusula de vencimiento anticipado, que permitía al banco reclamar por adelantado el total de la deuda pendiente en caso de incumplimientos menores, también ha sido declarada nula. El tribunal considera que esta cláusula es desproporcionada y perjudica gravemente al consumidor, dado que le coloca en una posición de clara desventaja frente a UCI, la entidad financiera demandada.
Esta nueva sentencia IRPH recalca que el vencimiento anticipado no puede activarse de manera arbitraria, sino únicamente en casos excepcionales y con condiciones claras. En este caso, la nulidad deja sin efecto cualquier intento de ejecución hipotecaria basado en esta cláusula, proporcionando al demandante una mayor protección frente a prácticas abusivas como esta.
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Preguntas frecuentes
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¿Qué consecuencias tiene que ya exista la primera sentencia IRPH en España?
La primera sentencia IRPH en España que anula esta cláusula hipotecaria refuerza la opción de reclamar.
Si se demuestra falta de transparencia, aquellos afectados por las hipotecas referenciadas con este índice del Banco de España pueden recuperar intereses pagados de más y cambiar al Euríbor. Además, este precedente legal proporciona mayor seguridad al consumidor. Por su parte, las entidaes bancarias podrían enfrentar más demandas y verse obligados a revisar sus contratos.
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Hipotecas IRPH, ¿cuándo sale sentencia?
La nueva sentencia IRPH del Tribunal Europeo del 12 de diciembre ha sido un precedente para que se produzca el primer pronunciamiento de un juzgado español el 23 de enero de 2025. Dicha sentencia anula este índice en una hipoteca de la entidad Unidad de Créditos Inmobiliarios S.A. Establecimiento Financiera de Crédito (UCI).