Nueva sentencia de nulidad del aval ICO
En este artículo, veremos la problemática del crédito ICO Covid, qué establece la nueva sentencia de nulidad del aval ICO y cómo te ayudamos en Asoban Abogados con la reclamación.
Desde que en 2020 comenzó a concederse la línea de crédito ICO hasta la actualidad, no había ninguna sentencia de nulidad del aval ICO que protegiera a los fiadores de los préstamos del ICO Covid ante la comercialización de estos por parte de las entidades bancarias.
En ese complicado contexto económico generado por la pandemia, se dio a entender que el Estado se responsabilizaría del 80% del capital prestado, mientras que los empresarios, PYMES y autónomos soportarían el 20% restante. En cuanto los periodos de carencia de estos préstamos han empezando a vencer, los bancos han comenzado a reclamar el 100% a los avalistas.
Sin embargo, esta situación ha cambiado. Ya hay pronunciamientos que avalan que la responsabilidad de los fiadores del préstamo ICO quede fijada al 20% del mismo y no a un 80%, pues considera que ha habido “vicio en el consentimiento”.
En Asoban Abogados podemos presumir de ser el despacho de abogados número uno de España en la defensa contra los préstamos ICO y la nulidad de los avales ICO, por lo que creemos firmemente que estos pronunciamientos son un paso gigante en la jurisprudencia, y por tanto, en la defensa de nuestros cientos de clientes afectados por haberse suscrito a los préstamos ICO Covid.
Te contamos con detalle la situación y cómo podemos ayudarte si estás en la misma situación.
¿Qué es el crédito ICO?
Los créditos ICO son operaciones que concede el Instituto de Crédito Oficial con el objetivo de facilitar el acceso a financiación a empresas, pymes y autónomos.
Índice del artículo
ToggleEste tipo de préstamos destacan por ofrecer condiciones favorables como tipos de interés competitivos y plazos flexibles, siendo una opción atractiva para aquellos que buscan impulsar sus proyectos empresariales..
Las entidades bancarias son las que tramitan las líneas de mediación y los avales del ICO, las cuales estudian la solicitud de los mismos y deciden su aprobación o rechazo en función de sus políticas de concesión y de riesgos
¿Es lo mismo crédito ICO que la línea de aval ICO COVID?
Hay una gran diferencia entre los créditos ICO y las líneas de aval ICO COVID-19.
Mientras que en el crédito ICO es el propio Instituto en que aporta los fondos y determina las condiciones, en el aval ICO Covid, los fondos fueron facilitados por las entidades bancarias, siendo el Instituto de Crédito Oficial (ICO) quien actuaba como avalista y, en caso de impago, era el estado el que debía cubrir el 80% de la entidad prestada y el empresario un 20%.
En muchos casos, la sentencia de nulidad del aval ICO ha permitido a los empresarios reclamar y reducir significativamente su responsabilidad en este tipo de avales.
La sentencia de nulidad del aval ICO
La nulidad del crédito ICO hace referencia a la posibilidad de anular, total o parcialmente, los avales que los empresarios otorgaron para respaldar los préstamos ICO. Y ahora, ya existen varias sentencias que sirven de respaldo legal para los avalistas.
Estos préstamos, destinados a ayudar a empresas y autónomos durante la crisis del COVID-19, contaban con un aval del 80% por parte del Instituto de Crédito Oficial (ICO). Sin embargo, en muchos casos, los bancos exigieron a los empresarios que avalaran personalmente el 100% del préstamo, lo que ha generado disputas legales sobre si estos avales eran válidos.
En varias resoluciones judiciales recientes, se ha planteado que se puede anular un aval en casos donde los bancos utilizaron la financiación ICO para cancelar deudas preexistentes en lugar de destinarla a la liquidez empresarial, que era su propósito original.
Esta mala praxis no solo ha sido identificada en la última sentencia de nulidad del aval ICO, sino en un total de 5 sentencias a favor de los avalistas, en las que se condena a las entidades financieras a restituir los pagos realizados bajo estos préstamos, al considerar que actuaron de mala fe.
Además, algunos tribunales han reconocido la nulidad de los avales ICO cuando se demuestra que la financiación fue empleada para cubrir deudas vencidas o próximas a vencer, en lugar de otorgar nuevas líneas de crédito ICO.
Estas decisiones abren la puerta a que más empresarios puedan impugnar la validez de sus avales personales, y buscar la nulidad del crédito ICO en base a estas irregularidades.
Problema que se encuentra un empresario tras solicitar préstamos ICO COVID
El problema a los que tienen que hacer frente los empresarios, PYMES y autónomos tras solicitar crédito ICO durante la pandemia hasta la actualidad ha sido principalmente que los bancos no proporcionaron información a sus clientes al momento de firmar, de tal forma que el aval del ICO solo aplicaba cuando se hubieran ejecutado todos los bienes de los firmantes y, por tanto, sólo beneficiaba a la entidad bancaria.
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¿Qué hago ante el impago del crédito ICO Covid tanto si soy empresario como si soy autónomo?
Si tú o tu empresa tenéis una reclamación por un préstamo ICO Covid que no podéis pagar, en Asoban Abogados somos especialistas en la defensa de reclamaciones ICO y tenemos gran experiencia en la negociación y defensas de demandas en relación con préstamos bancarios, tanto en los Juzgados como fuera de ellos, por lo que podemos llevar a cabo las siguientes acciones:
- anular judicialmente los avales ICO
- reducir la deuda derivada del mismo
- defenderte judicialmente frente a demandas por impagos
- asesorarte y representarte en reclamaciones no judiciales
Para más información, consulta nuestro servicio en Defensa de reclamaciones de préstamos ICO.
Por otro lado, si eres autónomo y tampoco puedes devolver tu préstamo ICO, habrá que valorar tu situación económica, diseñando una estrategia para reducir al máximo tus deudas.
Asimismo, dispones de otras herramientas jurídicas como solicitar la anulación judicial, como ha ocurrido en la última sentencia de nulidad del aval ICO o valorar acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.
Pasos que seguimos en Asoban Abogados para la defensa de reclamaciones del crédito ICO
En Asoban Abogados, si hay una ejecución en marcha de embargo, la paralizamos e iniciamos un procedimiento declarativo en paralelo para anular el aval.
Si, por otro lado, hay una situación de impago y no has recibido demanda, es conveniente adelantarse a este hecho a efectos de evitar la interposición de una ejecución por parte del banco con un derecho a defensa más limitado en la medida en que las causas de oposición a una ejecución son supuestos tasados en la LEC y resultará difícil de estimarse.
En cualquier caso, la justicia nos ha avalado en muchos otros casos como el tuyo, siendo expertos en la anulación judicial de avales de préstamos ICO y en la defensa judicial de las demandas por su impago. Además, se están logrando importantes avances en la jurisprudencia de estos préstamos, como en la reciente sentencia de nulidad del aval ICO, que ha sentado precedentes favorables en este tipo de casos. contando con casos exitosos para nuestros clientes.
Ponte en contacto con nosotros sin compromiso y te asesoramos gratis en la primera consulta.