Deuda judicializada vendida a un fondo buitre: qué es y cómo cancelarla

Infografía explicativa sobre una deuda judicializada vendida a un fondo buitre y cómo el deudor puede ejercer el retracto.
Última actualización: 31/12/2025Escrito y revisado por: Ángel Sánchez

¿Has recibido una notificación del juzgado informándote de que tu deuda judicializada vendida a un fondo buitre ha cambiado de dueño? Aunque la primera reacción suele ser el pánico, esta situación puede ser, paradójicamente, la mejor oportunidad para deshacerse de una carga financiera pagando mucho menos de lo que reclaman, ya que el artículo 1535 del Código Civil puede ser tu aliado.

En este artículo, te explicamos qué es una deuda judicializada, sus riesgos y, lo más importante, cómo utilizar esa venta a tu favor para liberarte definitivamente de la deuda.

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¿Qué es una deuda judicializada?

Una deuda judicializada es aquella que ha dejado de estar en una fase de reclamación «amistosa» o extrajudicial (llamadas telefónicas, cartas del banco) y ha pasado a ser reclamada formalmente ante los tribunales.

Esto ocurre cuando el acreedor (banco o financiera) presenta una demanda a través de un procedimiento monotorio para que un juez reconozca la existencia de la deuda y ordene su pago. Es un punto de inflexión crítico: ya no negocias solo con el banco, ahora hay un procedimiento legal en marcha que puede acabar en la ejecución forzosa de tus bienes.

⚠️ Solo si la deuda es "litigiosa" (es decir, judicializada y contestada), se abre la puerta legal para recomprarla con descuento si es vendida a un tercero.

Qué pasa cuando una deuda se judicializa

Cuando una deuda entra en los juzgados, el acreedor obtiene un título judicial que le permite atacar tu patrimonio directamente si no pagas voluntariamente.

A continuación, detallamos las implicaciones más directas de tener una deuda judicializada vendida a un fondo buitre.

Al judicializarse, a la deuda original se le suman los intereses de demora y las costas judiciales (los honorarios de los abogados y procuradores del banco). Esto puede aumentar la cantidad total a pagar en un 30% o más respecto a lo que debías inicialmente.

Si se produce una deuda judicializada vendida a un fondo buitre o al banco y no abonas la cantidad, se inicia la fase de ejecución. Esto permite al acreedor solicitar el bloqueo de tus cuentas bancarias, parte de tu nómina o pensión, e incluso la subasta de vehículos o inmuebles para cubrir el importe.

Mientras exista una sentencia firme sin satisfacer, permanecerás en registros como ASNEF o BADEXCUG, lo que te cierra las puertas a cualquier financiación futura, alquileres o incluso contratación de suministros básicos.

Sí, se puede vender una deuda judicializada. El Código Civil (CC) permite a los bancos ceder (vender) sus créditos a terceros sin necesidad del permiso del deudor.

Sin embargo, aquí reside la ventaja. Si la deuda estaba judicializada (había un pleito pendiente) en el momento de la venta, el deudor tiene derecho a ejercer el Retracto de Crédito Litigioso.

Hombre sentado en una mesa revisando papeles, notificaciones y documentación legal relativa a una deuda judicializada.

El Derecho de Retracto es una figura legal que te permite extinguir la deuda pagando al fondo buitre el mismo precio que ellos pagaron por ella, más unos pequeños intereses y costas, en lugar del importe total que te reclaman.

Dado que los fondos buitre suelen comprar paquetes de deuda por un 5% o 10% de su valor real, el ahorro puede ser inmenso. Si debías 20000€ y el fondo de inversión compró tu deuda por solo 2000€, la ley te permite cancelarla abonando esa misma cantidad (los 2000€ más gastos), logrando así un ahorro de 18000€.

⚠️ ¡Ojo! El plazo es muy breve: tienes 9 días desde que conoces la cesión para reclamar este derecho. Por eso es vital contactar con un abogado especialista en cuanto recibas cualquier notificación.

Cómo saber si mi deuda está judicializada

Para confirmar si tienes una deuda judicializada vendida a fondo buitre, puedes seguir estos pasos:

  • Consulta la Sede Judicial Electrónica: Con tu certificado digital, puedes acceder a la carpeta ciudadana de la administración de justicia y ver si hay procedimientos abiertos a tu nombre.
  • Notificaciones en el domicilio: El juzgado siempre intenta notificar la demanda en tu domicilio empadronado. Si has recibido cartas certificadas del juzgado (no del banco), el proceso está en marcha.
  • Averiguación patrimonial: Si notas retenciones en tu cuenta bancaria ordenadas por un «Juzgado de Primera Instancia», es la confirmación definitiva de que la deuda no solo está judicializada, sino en fase de ejecución.

Cuándo prescribe una deuda judicializada

Una deuda judicializada prescribe a efectos de ejecución en un plazo de 5 años si ya existe una sentencia firme que te condena al pago según el artículo 518 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Transcurrido este tiempo sin que el fondo solicite la ejecución, la acción caduca y ya no podrán embargarte por esa vía.

Sin embargo, ten cuidado: si el fondo ya ha iniciado la ejecución dentro de plazo, el procedimiento puede mantenerse vivo indefinidamente mientras sigan buscando bienes. Por tanto, aunque prescribe una deuda judicializada en cuanto a la capacidad de iniciar la ejecución, una vez iniciada, es difícil librarse por el mero paso del tiempo sin defensa legal.

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Otras 2 formas de cancelar tu deuda con el fondo buitre

Si no puedes acogerte al retracto (porque pasaron los 9 días o la deuda no era litigiosa) porque ésta tu deuda judicializada vendida a un fondo buitre puedes negociar u oponerte.

Los fondos buitre compran deuda para ganar dinero rápido. A menudo prefieren recuperar una parte del dinero «ya» mediante un acuerdo de quita (descuento) que esperar años a embargar nóminas pequeñas. Un abogado experto puede negociar descuentos del 30% al 50% en fase extrajudicial.

Si te acaban de notificar la demanda, tienes derecho a oponerte. En Asoban Abogados analizamos tu contrato en busca de cláusulas abusivas o falta de transparencia. Si el juez declara nulas ciertas cláusulas, la deuda podría reducirse drásticamente o incluso anularse.

Si te encuentras en la fase inicial donde te reclaman deuda en un monitorio, es el momento ideal para presentar esta oposición y paralizar las aspiraciones del fondo de inversión.

Preguntas frecuentes sobre deuda judicializada vendida a un fondo buitre

Sí, se puede vender una deuda judicializada. El Código Civil (arts. 1526 y siguientes) permite la cesión de créditos litigiosos. De hecho, para que puedas ejercer el derecho de retracto y comprar tu deuda «con descuento», es requisito indispensable que la deuda haya sido vendida estando ya judicializada (contestada la demanda).

Si decides no pagar y no te defiendes, el juzgado dictará sentencia condenatoria. Esto habilita al fondo buitre para solicitar la ejecución forzosa de tus bienes: bloqueo de cuentas, barrido de saldos, retención de nóminas y anotación de cargas sobre tus propiedades, incrementando la deuda final con costas e intereses.

En la práctica, los bancos y fondos suelen demandar a partir de 300€ o 600€, aunque legalmente se puede judicializar cualquier céntimo. Por debajo de esas cifras, los costes de procurador y abogado no suelen compensarles, aunque no es una regla matemática y depende de la política de cada entidad.

No. Si el banco tiene tu deuda judicializada vendida a un fondo buitre, ha perdido la legitimación para cobrártela. Ya no es tu acreedor. En el caso de que el banco te siga reclamando una deuda que ya vendió a un fondo, estaríamos ante un cobro indebido. Solo debes responder ante el nuevo legítimo propietario (el fondo), y siempre exigiendo que acrediten la compra.

Conclusión: recupera tu tranquilidad si tienes la deuda judicializada vendida a un fondo buitre

Tener una deuda judicializada vendida a un fondo buitre no es el fin, sino un nuevo escenario con reglas de juego que, bien jugadas, te podrían beneficiar. Ya sea mediante el derecho de retracto, la negociación o la oposición por cláusulas abusivas, tienes opciones reales.

En Asoban Abogados somos expertos en frenar a los fondos de inversión. No dejes pasar los plazos, revísanos tu caso gratis. Contáctanos ya y libérate de esta carga financiera.

Sobre el autor:
Ángel Sánchez, socio y abogado en Asoban Abogados, especialista en ejecuciones hipotecarias, fondos buitre y procedimiento monitorio. Gestiona todo lo relacionado con hipotecas IRPH
Ángel Sánchez
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