El motivo principal de un embargo de la nómina es debido al impago de deudas.
Sin lugar a dudas, enfrentarse a un embargo de nómina es una situación delicada que puede tener un gran impacto en la situación financiera del deudor y esto también puede afectar a su vida personal y familiar.
La buena noticia es que la ley protege al deudor en función de los ingresos y el origen de la deuda, de tal forma que podría subsistir, ya que existe una cantidad básica inembargable.
En este artículo, te explicamos todo lo que debes saber sobre el embargo de nómina y responderemos a las siguientes preguntas: ¿Cuánto te pueden embargar de la nómina? ¿Será un embargo parcial o total? ¿Cómo voy a pagar las cargas familiares? Veamos a continuación.
¿Qué es un embargo de nómina?
Si nunca lo habías sufrido hasta ahora, posiblemente te estés preguntando qué es un embargo de nómina.
Se trata de una orden judicial que obliga a tu empleador a retener una parte de tu salario para pagar una deuda pendiente.
Esta medida puede ser solicitada por acreedores, Hacienda o cualquier entidad con la que tengas una deuda impagada.
¿Cómo puedo saber quién me ha embargado la nómina?
Es obligatorio que seas notificado del embargo de nómina por la empresa empleadora, por lo que debes recibir un justificante enviado por la misma y debe aparecer el acreedor en él.
Ante la ausencia de dicho justificante, debes ponerte en contacto con tu empresa lo antes posible, ya que es posible que se haya producido un error.
Si eres autónomo, puede ocurrir que tengas una deuda pendiente con la Seguridad Social y esta haya terminado en un embargo. Puedes comprobarlo accediendo al portal oficial.
¿Cuánto te pueden embargar de la nómina?
La cantidad que se puede embargar de tu nómina no es arbitraria, sino que está regulada por el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que establece que el salario mínimo interprofesional (SMI) es inembargable.
Para el año 2024, el SMI en España es de 1.134 euros mensuales en 14 pagas y de 15.876 euros al año, descontandose ya las deducciones obligatorias. Esto significa que, si tu salario es igual o inferior a esta cantidad, no se te puede embargar nada.
Según la LEC, existen unos límites que determinan cuánto dinero te pueden embargar de la nómina y lo vamos a ver a continuación.
Los límites del embargo de nómina según el salario
Para salarios superiores al SMI, los porcentajes de embargo son los siguientes:
- Menos del SMI (1.134 euros en 2024): no te embargan nada.
- Hasta el doble del SMI (1.134 – 2.268 euros): 30% de la cantidad que exceda el SMI.
- Entre el doble y el triple del SMI (2.268 – 3.402 euros): 50% de la cantidad que exceda el doble del SMI.
- Entre el triple y el cuádruple del SMI (3.3.402 – 4.536 euros): 60% de la cantidad que exceda el triple del SMI.
- Entre el cuádruple y el quíntuple del SMI (4.536 – 5.670 euros): 75% de la cantidad que exceda el cuádruple del SMI.
- Más de cinco veces el SMI (más de 5.670 euros): 90% de la cantidad que exceda el quíntuple del SMI.
Ejemplos prácticos de embargos de nómina
Veamos a continuación algunos ejemplos prácticos para saber la cantidad exacta que pueden embargarte según el salario mensual.
Embargo de una nómina de 1.000 euros
Dado que los primeros 1.134 euros pertenecen al Salario Mínimo Interprofesional son inembargables, con un salario de 1.000 euros no deberían embargarte ninguna cantidad de dinero.
Embargo de una nómina de 1.300 euros
Supongamos que tienes una nómina de 1.300 euros. El cálculo del embargo sería el siguiente:
- Salario: 1.300 euros.
- Salario inembargable (SMI): 1.134 euros.
- Excedente sobre el SMI: 166 euros (1.300 – 1.134).
- Embargo: 30% de 166 euros = 49,80 euros.
Por lo tanto, de una nómina de 1.300 euros, te embargarían 49,80 euros.
Embargo de una nómina de 1.600 euros
Haremos el mismo cálculo que, como no llega al siguiente tramo de 2.268 euros, solo se debería embargar el 30% de la cantidad que exceda del SMI:
- Salario: 1.600 euros.
- Salario inembargable (SMI): 1.134 euros.
- Excedente sobre el SMI: 466 euros (1.600 – 1.134).
- Embargo: 30% de 466 euros = 139,80 euros.
Por lo tanto, de una nómina de 1.600 euros, te embargarían 139,80 euros.
Embargo de una nómina de 2.400 euros
Esta casuística es diferente dado que el salario supera los 2.268 euros, por lo que habría que dividir en tres tramos:
- Los primeros 1.134 euros corresponden al salario inembargable
- De los siguientes 1.134 euros (de 1.134 a 2.268 euros) la cantidad embargable es del 30%.
- De los 132 euros restantes (pertenecientes al tramo de 2.268 a 2.400 euros) sería embargable el 50% del sueldo.
De esta manera, de un salario de 2.400 euros pueden embargarte un 30% de 1.134 euros y un 50% de los 132 euros restantes. Por lo tanto, el total es de 340,20 + 66 euros. O lo que es lo mismo: de un salario de 2.400 euros pueden embargarte 406,20 euros.
¿Qué hacer si te embargan la nómina?
Si te encuentras en una situación en la que tu nómina está siendo embargada, es importante que tomes medidas, de manera que puedas proteger tus ingresos.
Pasos a seguir
- Revisa la legalidad del embargo: Asegúrate de que el embargo se está realizando conforme a la ley y que no se están reteniendo más de los porcentajes permitidos.
- Negocia con los acreedores: En algunos casos, es posible negociar un plan de pagos que sea más favorable a tu situación y que reduzca la cantidad embargada.
- Considera la Ley de Segunda Oportunidad: Si tus deudas son insostenibles, esta ley podría ofrecerte una solución viable para cancelar tus deudas y empezar de nuevo.
- Consulta con un abogado especializado: En Asoban Abogados, estamos especializados en derecho bancario y podemos asesorarte sobre las mejores estrategias para cancelar, reducir o reunificar tus deudas.
¿Cómo se aplica la Ley de Segunda Oportunidad en los embargos de nómina?
La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal que permite a personas físicas (particulares y autónomos) cancelar o reestructurar sus deudas, facilitando así una nueva oportunidad económica. Si te acoges a esta ley, podrías suspender los embargos de nómina y negociar una reducción significativa de tus deudas.
Para ello, deberás cumplir los requisitos. Te contamos cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad visitando el enlace.
En Asoban Abogados, hemos conseguido reducir y cancelar las deudas de cientos de clientes. No dudes en contactarnos para empezar a vivir más tranquilo.
Consulta la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.