¿Qué pasa si te denuncian por no pagar el alquiler? Defiende tus derechos

Hombre con expresión de preocupación y estrés llevándose las manos a la cabeza, simbolizando la angustia de alguien que se pregunta qué pasa si te denuncian por no pagar el alquiler.
Última actualización: 24/08/2025Escrito y revisado por: Azucena Martín

Si te preguntas qué pasa si te denuncian por no pagar el alquiler, estás en el lugar indicado. Esta situación legal puede desencadenar desde demandas por impago hasta desahucios forzosos, y conviene conocer tus derechos y cómo actuar para minimizar consecuencias. Con nuestro equipo de abogados expertos en ejecuciones hipotecarias, te contamos todas las claves para poder defenderte en esta situación.

Índice del artículo

¿Es delito no pagar el alquiler?

Aunque no pagar el alquiler no se considera delito penal, sí tiene consecuencias civiles. El impago del alquiler puede dar lugar a una demanda por impago de alquiler, y si los inquilinos morosos no responden adecuadamente, el arrendador puede solicitar un desahucio por impago.

Estas son las principales acciones legales que puede tomar un propietario:

  • Envío de un burofax de reclamación.
  • Presentación de una demanda de desahucio.
  • Reclamación judicial de las rentas adeudadas.

Tu situación no es única. Según el Consejo General del Poder Judicial, en 2024 en España se registraron 27.564 desahucios, de los cuales casi el 75% (20.567 casos) fueron por impagos de alquiler, lo que representa un incremento anual del 4,5%.

Consecuencias legales de una denuncia por impago

Una vez interpuesta la denuncia por impago de alquiler, el juzgado puede iniciar un proceso de desahucio express, que incluye:

  • Notificación judicial al inquilino.
  • Posibilidad de enervar el desahucio si se paga lo debido en plazo.
  • Lanzamiento o desalojo si no hay respuesta o pago.

En muchos casos, los inquilinos se preguntan si me pueden denunciar por no pagar un mes de alquiler. La respuesta es sí: con un solo mes de impago, el arrendador puede iniciar el proceso legal.

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¿Qué opciones tiene el inquilino ante una demanda?

El inquilino puede pagar los meses que debe dentro del plazo legal, negociar un acuerdo de pago con su arrendador o presentar alegaciones legales. Por tanto:

Si has recibido una demanda de desahucio por impago de alquiler, la ley te permite una salida rápida: pagar la deuda en el plazo de 10 días hábiles desde que recibes la notificación judicial. A esto se le conoce como enervación del desahucio.


¿Qué implica esto? Que si abonas todas las cantidades reclamadas —alquileres vencidos, intereses y costas judiciales — el procedimiento de desahucio se paraliza y puedes seguir en la vivienda como inquilino. Eso sí, solo puedes enervar una vez. Si vuelves a dejar de pagar y te demandan de nuevo, ya no podrás usar esta opción.

Otra alternativa viable es hablar con el arrendador y tratar de alcanzar un acuerdo amistoso antes de que avance el proceso judicial.
Esto puede implicar:

  • Pactar un calendario de pagos fraccionados.

  • Acordar una quita parcial de la deuda.

  • Cambiar condiciones del contrato de arrendamiento para facilitar el cumplimiento.

Esta última vía de modificar el contrato de alquiler es especialmente recomendable si tienes voluntad de pago pero atraviesas una situación económica puntual que te hace incurrir en falta de pago. Además, llegar a un acuerdo puede evitarte costes judiciales y la aparición de antecedentes por impago.

Si consideras que existe una razón legítima para no haber pagado, puedes oponerte a la demanda presentando alegaciones ante el juzgado. Algunas causas justificadas pueden ser:

  • Defectos graves en la vivienda que el arrendador no ha reparado.

  • Retención del pago como forma de compensación por daños o gastos asumidos por el inquilino.

  • Discrepancias sobre la cantidad realmente debida.

En este caso, lo ideal es contar con el respaldo de un abogado que fundamente tu defensa legalmente y con pruebas sólidas. Si el juez acepta tus argumentos, podrías evitar el desahucio o reducir la deuda. Contar con un abogado especialista en desahucios es fundamental para proteger tus derechos.

La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) regula el procedimiento de desahucio por impago de alquiler mediante juicio verbal, sin importar la cuantía. El propietario puede reclamar tanto el desahucio como las rentas impagadas en una misma demanda. Una vez notificado, el inquilino tiene 10 días hábiles para pagar la deuda (enervar el desahucio), oponerse si hay motivos, o desalojar. Si no actúa, el juez dicta el desahucio y puede fijarse una fecha para el lanzamiento (desalojo forzoso).

¿Cuánto tiempo tengo antes de que me desahucien?

Desde que se interpone la demanda, el proceso de desahucio suele tardar entre uno y tres meses, dependiendo de la carga de trabajo del juzgado que lleve tu caso (dependerá de las comunidade autónomas).

Si no se actúa a tiempo, el lanzamiento es inevitable, es decir; el propietario puede dejarte en la calle.

Primer plano de un reloj de arena sostenido por una persona con traje, representando el tiempo límite antes de un posible desahucio por impago de alquiler.
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En Asoban Abogados defendemos tus derechos ante cualquier denuncia por alquiler impagado. Somos expertos en ejecuciones hipotecarias y conflictos de arrendamiento.

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Preguntas frecuentes sobre denuncias por impago de alquiler

Aunque la Ley de Enjuiciamiento Civil no establece un mínimo, desde el primer mes de impago el arrendador puede iniciar acciones legales. No esperes a que sea demasiado tarde para negociar o regularizar la situación.

Desde que se interpone la demanda, el proceso de desahucio suele tardar entre uno y tres meses, dependiendo de la carga del juzgado. Si no se actúa a tiempo, el lanzamiento es inevitable.

Sí. Si se llega a una sentencia firme por impago de alquiler y esta no se cumple, puedes terminar en ficheros de morosos como ASNEF o EXPERIAN, lo que complica futuros alquileres o solicitudes de financiación.

Tienes varias opciones: negociar un aplazamiento, buscar ayudas al alquiler o incluso optar por el pago parcial con acuerdo del propietario. Es clave mantener la comunicación abierta y transparente.

Si no te presentas, el juicio se celebra en rebeldía y puede terminar en sentencia firme de desahucio y condena al pago de las rentas. Además, tendrás que asumir costas procesales.

Esta situación, cada vez más común, genera una pérdida económica considerable al arrendador. En estos casos, además del desahucio por impago, el propietario puede reclamar:

  • Rentas atrasadas.
  • Gastos comunitarios si los hay.
  • Daños y perjuicios.

Frente a esta problemática, es clave actuar con rapidez y asesoramiento legal especializado.

Sobre el autor:
Azucena Martín
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